º Los "bonos Especiales De Saneamiento Fiscal", Besf, Tendrán Las Siguientes Características De Emisión Y Condiciones Financieras De Colocación: A) Plazo De Tres (3) Años, A Partir De La Fecha De Suscripción; B) El Rendimiento Anual Corresponderá A La Tasa Libor A Seis Meses, Pagadero Por Semestres Vencidos; C) Títulos Nominativos Denominados En Dólares Americanos U Otras Monedas Extranjeras; D) Negociables Exclusivamente En El Mercado Financiero Internacional; E) La Fecha De Suscripción Corresponderá A La De Entrega De Los Recursos Al Banco De La República Por El Intermediario Financiero Autorizado; F) La Redención De Los Títulos Se Efectuará A Voluntad Del Tenedor En La Divisa Original O Por La Suma Equivalente En Pesos, En La Fecha De Vencimiento Del Plazo De La Divisa De Suscripción; G) La Colocación Se Efectuará A Través De Los Intermediarios Financieros Autorizados Para Realizar Operaciones En Moneda Extranjera; H) El Banco De La República Será El Agente Fiduciario;
Decreto 841 de 1991 · por el cual se autoriza la emisión y se fijan las características y condiciones financieras de colocación de los títulos de deuda pública interna de la Nación, denominados Bonos Especiales de Saneamiento Fiscal, BESF, y se dictan otras disposiciones.
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Text of the article
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º Los "Bonos Especiales de Saneamiento Fiscal", BESF, tendrán las siguientes características de emisión y condiciones financieras de colocación
a)
Plazo de tres (3) años, a partir de la fecha de suscripción;
b)
El rendimiento anual corresponderá a la tasa Libor a seis meses, pagadero por semestres vencidos;
c)
Títulos nominativos denominados en dólares americanos u otras monedas extranjeras;
d)
Negociables exclusivamente en el mercado financiero internacional;
e)
La fecha de suscripción corresponderá a la de entrega de los recursos al Banco de la República por el intermediario financiero autorizado;
f)
La redención de los títulos se efectuará a voluntad del tenedor en la divisa original o por la suma equivalente en pesos, en la fecha de vencimiento del plazo de la divisa de suscripción;
g)
La colocación se efectuará a través de los intermediarios financieros autorizados para realizar operaciones en moneda extranjera;
h)
El Banco de la República será el agente fiduciario;
02
Constitutional history
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