JurídicoESEN

Article 19

Reuniones

Decreto 1727 de 1971 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Zona Franca Industrial y Comercial de Palmaseca

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Reuniones. La Junta Directiva se reunirá en el Municipio de Palmira, en forma ordinaria una vez al mes y extraordinariamente cuando sea convocada por su Presidente, el Gerente o tres de sus miembros por lo menos. De manera ocasional, y previa comunicación escrita que indique el lugar; podrá reunirse en sitio diferente.

Parágrafo 1

Cuando por alguna circunstancia, el Presidente de la Junta o su delegado, no puedan concurrir a la sesión de que trate, ésta será presidida por un vice-presidente, elegido por la Junta y en su defecto por la persona que ésta escoja par a la respectiva reunión.

Parágrafo 2

A las reuniones de la Junta Directiva deberán concurrir los funcionarios de la Zona Franca que la misma Junta y el Gerente determinen.

Parágrafo 3

La Junta Directiva procurará celebrar periódicamente reuniones con la Junta Directiva de la Zona Franca Industrial y Comercial de Buenaventura, con el objeto de asegurar la máxima coordinación y ejecución de los planes comunes de desarrollo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1727 de 1971