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Article 2

El Reglamento De Copropiedad Deberá Elevarse A Escritura Pública Y Protocolizarse Junto Con Los Siguientes Documentos: A) Copia De Los Planos Arquitectónicos Aprobados

Decreto 107 de 1983 · Por el cual se reglamenta la Ley 182 de 1948, el numeral 6º del artículo 4º del Decreto 2610 de 1979 y se derogan algunas disposiciones

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Text of the article

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º El reglamento de copropiedad deberá elevarse a escritura pública y protocolizarse junto con los siguientes documentos

a)

Copia de los planos arquitectónicos aprobados.

b)

Licencia de construcción o su equivalente.

c)

Un proyecto de división de la propiedad.

d)

Una memoria descriptiva del inmueble, en la cual se determine su ubicación, nomenclatura, especificaciones detalladas de la construcción y las condiciones de seguridad y salubridad. c) Un plano del edificio, que muestre la localización, lindero, nomenclatura y área de cada uno de los pisos o departamentos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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