°. Los Embajadores, Jefes de Oficina Consular y Cónsules ad honorem de Colombia designarán funcionarios de sus oficinas o ciudadanos colombianos voluntarios residentes en las localidades donde se encuentren, para la recepción de las inscripciones.
Article 8
Los Embajadores, Jefes De Oficina Consular Y Cónsules Ad Honorem De Colombia Designarán Funcionarios De Sus Oficinas O Ciudadanos Colombianos Voluntarios Residentes En Las Localidades Donde Se Encuentren, Para La Recepción De Las Inscripciones
Decreto 368 de 2013 · por el cual se faculta a Embajadores, Jefes de Oficina Consular y Cónsules ad honorem colombianos debidamente acreditados ante otros Estados para llevar a cabo las inscripciones de cédulas para el proceso electoral de elección del Congreso de la República a realizarse el 9 de marzo de 2014 y de Presidente y Vicepresidente el día 25 de mayo de 2014 y el 15 de junio de 2014 en caso de segunda vuelta.
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