Ascenso a Teniente Coronel de los Oficiales, de los Servicios . Los Oficiales de los Servicios con título profesional que no realicen el curso de Academia Superior de Policía, deberán adelantar y aprobar un curso para ascender al grado de Teniente Coronel previa selección, de acuerdo con reglamentación que expida el Gobierno Nacional. Este curso, en ningún caso será válido para diplomarse en, Academia Superior, de Policía y no podrá realizarse en el mismo año en que se ha perdido el concurso para ingresar a la Academia Superior de Policía.
Decreto 2062 de 1984 →In force
Article 33
Decreto 2062 de 1984 · Por el cual se reorganiza la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.