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Article 7

Ley 98 de 1928 · Sobre defensa, arreglo y saneamiento del puerto de Gamarra, establecimiento de unas dependencias del cable aéreo de Cúcuta, y por la cual se confieren varias autorizaciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Todo el que ocupare baldios con casa de habitación dentro del perímetro urbano de las poblaciones debidamente organizadas, tendrá derecho a que por el Ministerio de Industrias se le adjudique la porción edificada y el terreno adyacente que este encerrado por paredes, siempre que la edificación se haya sometido al plan señalado por el respectivo Municipio. Estas adjudicaciones no podrán exceder en ningún caso de 2,000 metros cuadrados para cada individuo. A las peticiones de adjudicación de que trata el artículo, a más de los comprobantes pertinentes exigidos por las leyes y decretos que regulan la adjudicación de baldios en pequeñas parcelas, se acompañara el plano del terreno con la indicación de los colindantes y una certificación expedida por el Presidente del Consejo respectivo en que conste que la construcción está terminada y que quedo sometida en un todo al plan de urbanización.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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