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Article 95

Decreto 2117 de 1992 · por el cual se fusionan la Dirección de Impuestos Nacionales y la Dirección de Aduanas Nacionales en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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ARTICULO 95 . División Jurídica . Conforme a las políticas e instrucciones del subdirector jurídico y del administrador de aduanas, son funciones de la División Jurídica, las siguientes

a)

Difundir las normas tributarias, aduaneras, cambiarias y de comercio exterior, así como la jurisprudencia y doctrina y organizar la prestación del servicio de orientación y atención al contribuyente y usuario aduanero;

b)

Prestar asesoría jurídica a las diferentes áreas de la administración;

c)

Representar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, según las delegaciones que le sean conferidas, en los procesos que se promuevan ante las autoridades jurisdiccionales de la jurisdicción de la Administración y llegar el registro correspondiente;

d)

De conformidad con la ley y las delegaciones, resolverlos recursos interpuestos contra los actos expedidos por las diferentes dependencias de la administración;

e)

Proyectar los fallos de revocatoria directa, y

f)

Las demás que le asigne el administrador.

Parágrafo

La discusión de los actos administrativos expedidos por la División de Fiscalización de la Administración de Operación Aduanera de Santafé de Bogotá, será competencia de la administración de grandes contribuyentes, o personas jurídicas, o personas naturales, según la naturaleza del contribuyente o usuario.

02

Constitutional history

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