JurídicoESEN

Article 36

Son Funciones Del Departamento Jurídico: 1ª

Decreto 4225 de 1948 · Por el cual se aprueban unos Estatutos del Instituto Colombiano de Seguros Sociales

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Son funciones del Departamento Jurídico: 1ª. Redactar los proyectos de ley, decretos, estatutos y reglamentos que correspondan a las actividades del Instituto: 2ª. Absolver las consultas de carácter jurídico que se le formulen. 3ª. Ejercer la representación del Instituto por intermedio de sus abogados en los negocios ante las autoridades judiciales y administrativas; así como conceptuar sobre las reclamaciones que el Estado, los patronos, los asegurados o sus beneficiarios formulen al Instituto en relación con la aplicación de las normas que regulen el seguro social. 4ª. Conceptuar sobre los actos jurídicos y contratos que pretenda realizar el Instituto para el cumplimiento de sus fines. 5ª. Las demás que le asigne el Consejo Directivo o el Gerente General. SECCION TERCERA Departamento de Divulgación y Organismos Internacionales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 4225 de 1948