°. cuando el procesado por cualquiera de los delitos de que tratan los artículos 11.2 y 3 del presente decreto sea empleado público o trabajador oficial o miembro de organismos de seguridad o de las fuerzas armadas en servicio activo o en retiro o desertor. La sanción se elevara hasta en el doble de lo previsto en la respectiva disposición penal. Artículo 7°. Este decreto rige desde la fecha de su expedición y suspende temporalmente las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 2407 de 1975 →In force
Article 6
Cuando El Procesado Por Cualquiera De Los Delitos De Que Tratan Los Artículos 11
Decreto 2407 de 1975 · Por el cual se dictan medidas concernientes a la preservación del orden público y a su restablecimiento
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.