JurídicoESEN

Article 6

Capital Social

Decreto 1918 de 1991 · por el cual se aprueba una reforma de los Estatutos del Banco Tequendama.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º Capital Social . La sociedad Banco Tequendama tiene un capital autorizado de veintiún mil cien millones ($ 21.100.000.000.00) dividido en dos billones ciento diez mil millones (2.110.000.000.000) de acciones de un valor nominal de un centavo ($0.01) moneda corriente cada una.

Parágrafo 1

Del capital autorizado, en la fecha se halla suscrita y totalmente pagada la cantidad de cinco mil cuatrocientos millones seiscientos cincuenta y dos mil ochocientos veintiún pesos con 38/100 ($5.400.652.821.38) moneda corriente.

Parágrafo 2

De conformidad con lo dispuesto en el C. de Co., artículo 463, el Banco podrá recibir diversos aportes del Estado, entre ellos la garantía de sus obligaciones, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 117 de 1985, artículo 20, el Gobierno Nacional podrá otorgar garantía de las obligaciones del Banco, como aporte de capital, a través del Banco de la República. En ambos casos, el aporte estatal (garantía) se determinará conforme a su valor nominal.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1918 de 1991