JurídicoESEN

Article 2

º

Decreto 1888 de 1994 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 100 de 1993

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º. Objeto y Funciones. Corresponden al Instituto de Seguros Sociales y a las Cajas, fondos o entidades del sector público o privado en desarrollo de su objeto en especial, las siguientes funciones

1.

Ejecutar los objetivos y finalidades establecidos por la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios, en relación con el Sistema General de Pensiones.

2.

Prestar de manera eficaz, eficiente y oportuna todos los servicios inherentes a su calidad de institución de carácter previsional.

3.

Registrar la inscripción de sus afiliados cuando a ello haya lugar y efectuar el recaudo de los aportes por el sistema de autoliquidación de acuerdo con los términos establecidos en los respectivos reglamentos.

4.

Pagar a los afiliados y beneficiarios oportunamente las prestaciones económicas a su cargo, de acuerdo con las normas legales vigentes.

5.

Llevar un sistema de contabilidad, cuentas, inversiones y reservas separadas del resto de sus negocios, con sujeción a las prescripciones de la Superintendencia Bancaria. CAPITULO II. Instituto de Seguros Sociales como sociedad administradora del régimen solidario de prima media con prestación definida

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1888 de 1994