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Article 22

Registro Nacional De Comercio Exterior

Decreto 503 de 1990 · por el cual se establece el procedimiento de encuestas, para la modificación del arancel de aduanas y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Registro Nacional de Comercio Exterior. Establécese el Registro Nacional de Comercio Exterior en el Instituto Colombiano de Comercio Exterior, en él quedarán inscritos todos los participantes en las encuestas a que se refiere el presente Decreto. Así mismo, el Instituto Colombiano de Comercio Exterior inscribirá en el Registro a todas las personas a las cuales se aprueben o registren operaciones de comercio exterior, a partir de la fecha en que lo disponga el Gobierno Nacional.

Parágrafo

La inscripción en el Registro no ocasionará costos ni requerirá documentos o trámites adicionales a los necesarios para realizar las operaciones respectivas o para participar en las encuestas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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