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Article 8

º

Decreto 1446 de 1995 · por el cual se clasifica el servicio de Radiodifusión Sonora y se dictan normas sobre el establecimiento, organización y funcionamiento de las cadenas radiales.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º. Requisitos para Constituir una Cadena Radial . El Ministerio podrá autorizar la constitución de cadenas radiales, previo el cumplimiento de los siguientes requisitos: 1. Que el encadenamiento sea entre cinco (5) o más estaciones de Radiodifusión sonora ubicadas en distintos municipios o distritos del país. 2 . Que se presente solicitud del concesionario o conjuntamente de los concesionarios que pretendan constituir la cadena radial, en la que se indique

a)

Relación de las estaciones de radiodifusión sonora que integrarán la cadena;

b)

Presentación por una sola vez de los aspectos técnicos generales que involucre la prestación del servicio de radiodifusión sonora, tales como redes, sistemas o servicios que faciliten o posibiliten los enlaces.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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