º Los encargados del registro del estado civil de las personas solo pueden efectuar los registros de nacimiento cuando sea presentada, por los interesados, la persona cuya inscripción se trata, a fin de que pueda darse cumplimiento al requisito de toma de huellas para plena identificación. Las huellas digitales se tomaran a todos los registrados exceptuando los menores de un mes de nacidos que presenten dificultades técnicas para dicha toma. Mientras se proveen los elementos y sistemas adecuados para la implantación generalizada de las huellas plántales, estas se tomaran solamente para los registrados menores de un año de edad.
Article 2
Los Encargados Del Registro Del Estado Civil De Las Personas Solo Pueden Efectuar Los Registros De Nacimiento Cuando Sea Presentada, Por Los Interesados, La Persona Cuya Inscripción Se Trata, A Fin De Que Pueda Darse Cumplimiento Al Requisito De Toma De Huellas Para Plena Identificación
Decreto 1873 de 1971 · Por el cual se reglamenta el registro de nacimientos de que tratan los artículos 44 y siguientes del Decreto-ley número 1260 de 1970 y otras materias conexas
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Constitutional history
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