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Article 35

Ley 50 de 1990 · LEY 50 DE 1990, 28/12/1990, Por la cual se introducen reformas al Código Sustantivo del Trabajo y se dictan otras disposiciones

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amends Artículo 239 CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO de 1951

El artículo 239 del Código Sustantivo del Trabajo quedará así:

Artículo 239. Prohibición de despedir.

1.

Ninguna trabajadora puede ser despedida por motivo de embarazo o lactancia.

2.

Se presume que el despido se ha efectuado por motivo de embarazo o lactancia, cuando ha tenido lugar dentro del período de embarazo o dentro de los tres meses posteriores al parto, y sin autorización de las autoridades de que trata el artículo siguiente.

3.

La trabajadora despedida sin autorización de la autoridad tiene derecho al pago de una indemnización equivalente a los salarios de sesenta (60) días, fuera de las indemnizaciones y prestaciones a que hubiera lugar de acuerdo con el contrato de trabajo y, además, al pago de las doce (12) semanas de descanso remunerado de que trata este capítulo, si no lo ha tomado.

02

Constitutional history

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  1. 1997
    C-470/97Constitutional reviewUPHELD
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