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Article 42

Ley 400 de 1997 · por la cual se adoptan normas sobre Construcciones Sismo Resistentes.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La "Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes", podrá establecer detalladamente el alcance y procedimiento de ejecución de las labores profesionales que se señalan a continuación, según la importancia, área, altura o grupo de uso de las edificaciones:

1.

Diseño estructural.

2.

Estudios geotécnicos.

3.

Diseño de elementos no estructurales.

4.

Revisión de los diseños y estudios.

5.

Dirección de la construcción, y

6.

Supervisión técnica de la construcción.

Parágrafo 1

La comisión podrá fijar los procedimientos por medio de los cuales se establezcan la idoneidad, experiencia profesional y conocimiento de las normas sobre construcciones sismo resistentes, que deben tener los profesionales y el personal auxiliar que desarrolle las mencionadas labores, con la periodicidad que estime conveniente.

Parágrafo 2

La comisión podrá establecer los procedimientos para fijar los honorarios mínimos que se utilicen para retribuir las labores mencionadas, cuando no se trate de servidores públicos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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