De los planes. Las tarifas diferenciales con descuentos del quince por ciento (15%) aplican única y exclusivamente, para nuevos planes que se contraten por el miembro de la Fuerza Pública con discapacidad o por alguno de los integrantes del núcleo familiar del miembro de la Fuerza Pública fallecido; es decir que este beneficio no es eficaz para los planes contratados con anterioridad.
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