° Hácense en el presupuesto del Ministerio de Educación Nacional, los siguientes traslados: MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL DEL CAPITULO 43 Instrucción profesional. Artículo 161 bis. Para el curso de dibujo en los Institutos nocturnos de los obreros $ 1,792 DEL CAPITULO 44 Instrucción normalista Artículo 168 bis. Para sostenimiento de las escuelas normales en las capitales de Departamentos que determine el Gobierno 4,600 AL CAPITULO 40 Personal y Material Artículo 145. Para útiles de escritorio, material de las oficinas del Ministerio y sus dependencias, premios y gastos de la fiesta de la bandera 200. AL CAPITULO 43 Instrucción profesional . Artículo 153. Para sueldos del personal y gastos de material de la Facultad de Medicina y Cirugía, de la Escuela de Farmacia y de la Escuela de Odontología 1,000 Artículo 157. Para sueldos del personal y material de la Facilitad de Derecho y Ciencias políticas 3,200 Artículo 161 A. Para fomento de la educación artística en las escuelas, primarias e institutos nocturnos 1,792 AL CAPITULO 49 Gastos varios . Artículo 218. Para gastos de escritorio de las Academias de Jurisprudencia, Medicina, Ciencias Geográficas, de la Lengua y Nacional de Historia y para dar cumplimiento en lo posible a la Ley 86 de 1928 200 Sumas iguales $ 6,392 6,392 Comuníquese y publíquese.
Decreto 1340 de 1935 →In force
Article 2
Hácense En El Presupuesto Del Ministerio De Educación Nacional, Los Siguientes Traslados: Ministerio De Educacion Nacional Del Capitulo 43 Instrucción Profesional
Decreto 1340 de 1935 · Por el cual se hacen unos traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso
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01
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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