Cuando por motivos de la reestructuración de la Planta de Personal establecida por la 'junta Directiva del Instituto en desarrollo de este Decreto, los empleados que fueren incorporados a cargos con sueldos inferiores a los que están devengando en el momento de la incorporación, incluyendo' el aumento: por antigüedad o cualquier otro, continuará con la misma remuneración que vienen percibiendo hasta cuando se retiren del servicio o tengan derecho a una remuneración superior por cualquier concepto.
Los funcionarios incorporados a la planta de personal no se entenderán desvinculados del servicio para ningún efecto legal.