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Article 24

División De Programación

Decreto 2117 de 1992 · por el cual se fusionan la Dirección de Impuestos Nacionales y la Dirección de Aduanas Nacionales en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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ARTICULO 24. División de Programación . Conforme a las políticas e instrucciones del Jefe de la Oficina, son funciones de la División de Programación, las siguientes

a)

Establecer las normas técnicas para la formulación y evaluación del plan estratégico y los planes operativos que adelanten las diferentes áreas de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;

b)

Elaborar en coordinación con las diferentes áreas de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, el proyecto del plan estratégico y los proyectos de los planes operativos y efectuar su evaluación y las recomendaciones correspondientes;

c)

Elaborar las normas técnicas para la elaboración, distribución y control del presupuesto de la entidad en coordinación con la Subsecretaría Financiera y Administrativa;

d)

Elaborar, conjuntamente con la Subsecretaría Financiera y Administrativa, el proyecto de presupuesto de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y del Fondo de Gestión, en concordancia con el plan estratégico y los planes operativos de las diferentes áreas de la entidad; y

e)

Las demás que le asigne el Jefe de la Oficina de Planeación.

02

Constitutional history

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This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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