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Article 23

Dirección Sectorial De Bienestar Y Salud

Decreto 1874 de 2021 · Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Defensa Nacional, se crean nuevas dependencias, funciones y se dictan otras disposiciones.

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01

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Dirección Sectorial de Bienestar y Salud . Son funciones de la Dirección Sectorial de Bienestar y Salud, las siguientes

1.

Formular, implementar, hacer seguimiento y evaluación de la política de bienestar para los miembros de la Fuerza Pública y sus familias, así como realizar el direccionamiento estratégico que se requiera en esta materia.

2.

Diseñar, dirigir y ejecutar programas, planes, proyectos, lineamientos técnicos y jurídicos para la implementación y seguimiento de las estrategias encaminadas a mejorar la moral y calidad de vida de los miembros activos de la Fuerza Pública y sus familias.

3.

Articular la gestión intra e interinstitucional y de cualquier otra índole, con la finalidad de contribuir a la solución de los requerimientos en materia de bienestar para los miembros de la Fuerza Pública y sus familias.

4.

Asesorar, acompañar y apoyar a las dependencias de las entidades del Sector Defensa responsables del bienestar del personal uniformado y sus familias, para facilitar el cumplimiento de la política de bienestar y demás disposiciones institucionales en la materia.

5.

Identificar y caracterizar a la población beneficiaria de la oferta de bienestar diseñada de conformidad con el ciclo de vida militar y policial de los miembros de la Fuerza Pública.

6.

Dirigir a nivel sectorial la estructuración, implementación y seguimiento de convenios, alianzas u otras modalidades de vinculación jurídica, tanto con el sector público como con el sector privado, que permitan el reconocimiento de la labor de la Fuerza Pública y otorguen beneficios para sus integrantes y familias.

7.

Coordinar y asesorar las propuestas de políticas, programas y lineamientos en materia de salud para el Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional (SSMP), y hacer seguimiento a su implementación.

8.

Coordinar y asesorar en cuanto a las acciones estratégicas para el mejoramiento del Sistema de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional (SSMP), de acuerdo con los lineamientos que se aprueben por parte del Ministerio de Defensa Nacional y del Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional (CSSMP).

9.

Gestionar recursos con el sector público y privado para la implementación de programas, planes y estrategias de bienestar, dirigidos a los uniformados activos de la Fuerza Pública y sus familias.

10.

Promover y desarrollar continuamente la implementación, mantenimiento y mejora de los sistemas de gestión y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Ministerio de Defensa Nacional-Unidad de Gestión General.

11.

Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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