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Article 1

Adóptanse Como Legislación Permanente Las Siguientes Disposiciones Del Decreto Legislativo 815 De 1989: Artículo 2º

Decreto 2269 de 1991 · por lo cual se adopta como legislación permanente unas disposiciones expedidas en ejercicio de las facultades del Estado de Sitio.

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ARTICULO 1º Adóptanse como legislación permanente las siguientes disposiciones del Decreto legislativo 815 de 1989: Artículo 2º. La utilización a que se refiere el artículo 25 del Decreto legislativo 3398 de 1965, sólo será procedente mediante decreto del Presidente de la República, refrendado y comunicado por los Ministros de Gobierno y de Defensa Nacional. Dicha utilización sólo podrá tener por finalidad la colaboración de la población civil en actividades no agresivas y en ningún momento implicarán la entrega de armas de uso privativo de las Fuerzas Armadas ni la autorización de su porte o utilización. Las órdenes y las sanciones contempladas en el artículo 31 del Decreto 3398 de 1965, sólo podrán ser impartidas e impuestas, respectivamente, cuando la utilización sea efectuada conforme a lo establecido en este Decreto. Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

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Constitutional history

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