º Quienes participen en tumultos en el desarrollo de los cuales se causen daños a edificios públicos o privados u ocupen indebidamente los mismos, incurrirán en arresto inconmutable de diez (10) días, sin perjuicio de las otras sanciones a que haya lugar. Igualmente incurrirán en arresto inconmutable de 48 horas quienes pinten o graben en las paredes de edificios públicos o privados letreros injuriosos o mediante los cuales se incite en cualquier forma al desconocimiento de las autoridades o a la turbación del orden.
Decreto 2688 de 1966 →In force
Article 5
Quienes Participen En Tumultos En El Desarrollo De Los Cuales Se Causen Daños A Edificios Públicos O Privados U Ocupen Indebidamente Los Mismos, Incurrirán En Arresto Inconmutable De Diez (10) Días, Sin Perjuicio De Las Otras Sanciones A Que Haya Lugar
Decreto 2688 de 1966 · Por el cual se establecen sanciones para quienes participen en actos colectivos de agresión, y se dictan otras disposiciones
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.