Presentación de la documentación y verificación de los requisitos. La Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) definirá el plazo y los medios para la presentación de documentos solo por parte de los aspirantes que superaron la prueba de conocimientos específicos y pedagógicos. La Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC), a través del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (ICFES) o la institución contratada para adelantar la prueba de valoración de antecedentes, adelantará la verificación del cumplimiento de requisitos mínimos. La Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) anunciará a través de su página web, con una antelación no inferior a cinco (5) días hábiles de su publicación, los resultados de verificación de requisitos. Contra este resultado, el aspirante puede presentar su reclamación dentro de los dos (2) días hábiles siguientes por el medio que disponga la Comisión. Una vez sean atendidas las reclamaciones se publicará el listado definitivo de los aspirantes admitidos a continuar en el proceso de selección por mérito.
Decreto 1075 de 2015 →In force
Article 2.4.1.6.3.13
Presentación De La Documentación Y Verificación De Los Requisitos
Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.