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Article 14

Decreto 1554 de 1985 · Por el cual se reglamenta los servicios de Aficionados y Aficionados por Satélite.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Las solicitudes para la obtención de las licencias y de los carnés de que trata el presente Decreto, deberán dirigirse al Ministro de Comunicaciones, con firma autenticada del interesado, ante la Secretaría General del Ministerio o autoridad competente, acompañada por lo siguiente: A. Para obtención de licencia de novicio

1.

Nombre completo del solicitante, edad, profesión u oficio.

2.

Dirección y teléfono.

3.

Cuando se trate de persona con licencia extranjera, copia de la licencia autenticada ante el Cónsul de Colombia en el país que la expidió ante el Cónsul de nación amiga o ante la representación de ese país en Colombia, refrendada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

4.

Dos fotografías tamaño cédula.

5.

Fotocopia autenticada de la cédula de ciudadanía, extranjería o tarjeta de identidad según el caso.

6.

Fotocopia autenticada del certificado judicial vigente a nivel nacional. Con posterioridad a la aprobación del examen correspondiente el solicitante deberá enviar al Ministerio recibo de pago por concepto de los derechos a favor del Estado. B. para ascensos de categoría y obtención del carné: 1. Nombre completo del solicitante, edad, profesión u oficio. 2. Dirección y teléfono. 3. Número y fecha de la resolución por la cual se otorgó la licencia anterior indicando la categoría. 4. Cuando se trate de persona con licencia extranjera copia de la licencia autenticada ante el Cónsul de Colombia en el país que la expidió, ante el Cónsul de nación amiga o ante la representación de ese país en Colombia refrendada por el Ministerio de Relaciones Exteriores. 5. Fotocopias autenticadas de las tarjetas de confirmación (QSL) según el tipo de ascenso de acuerdo con la categoría. 6. Dos fotografías tamaño cédula.

7.

Fotocopia autenticada del certificado judicial vigente a nivel nacional. Presentada la solicitud de ascenso de categoría en debida forma y previo el cumplimiento de los requisitos exigidos al efecto, el solicitante deberá enviar al Ministerio recibo de pago por concepto de los derechos a favor del Estado, para que se proceda a la elaboración del carné que acredita la licencia respectiva. C. Para revalidación del carné: 1. Nombre completo del solicitante, edad, profesión u oficio. 2. Dirección y teléfono. 3. Número y fecha de la resolución por la cual se le otorgó la licencia, indicando la categoría. 4. Recibo de pago por concepto de derechos a favor del Estado. 5. Fotocopia autenticada del certificado judicial vigente a nivel nacional. 6. Dos (2) fotos tamaño cédula.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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