En la cabecera del Circuito Civil de Manizales, habrá tres (3) Jueces; de la cabecera de cada uno de los Circuitos Civiles de Aguadas, Anserma, Riosucio, Salamina y Santa Rosa de Cabal, habrá un Juez; en la cabecera del Circuito Penal de Manizales, habrá dos (2) Jueces; en la cabecera de cada uno de los Circuitos Penales de Aguadas, Anserma, Riosucio y Salamina, habrá un Juez; en la cabecera de cada uno de los Circuitos Promiscuos de Manzanares y Pensilvania, habrá un Juez.
Article 31
En La Cabecera Del Circuito Civil De Manizales, Habrá Tres (3) Jueces; De La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Civiles De Aguadas, Anserma, Riosucio, Salamina Y Santa Rosa De Cabal, Habrá Un Juez; En La Cabecera Del Circuito Penal De Manizales, Habrá Dos (2) Jueces; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Penales De Aguadas, Anserma, Riosucio Y Salamina, Habrá Un Juez; En La Cabecera De Cada Uno De Los Circuitos Promiscuos De Manzanares Y Pensilvania, Habrá Un Juez
Decreto 1714 de 1936 · Por el cual se establece la división judicial del país
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