JurídicoESEN

Article 12

Funciones Del Viceministro

Decreto 2145 de 1992 · por el cual se reestructura el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

ARTICULO 12. Funciones del Viceministro. - El Viceministro cumplirá las siguientes funciones

1.

Suplir las faltas accidentales del Ministro, cuando así lo disponga el Presidente de la República;

2.

Asesorar al Ministro en la formulación de la política o planes de acción del Ministerio y asistirlo en las funciones de dirección, coordinación y control que a dicho funcionario corresponden;

3.

Asistir al Ministro en sus relaciones con el Congreso; vigilar el curso de los proyectos de ley relacionados con el ramo; y preparar oportunamente, en acuerdo con el Ministro, las observaciones que este considere del caso someter a la Presidencia de la República para la sanción u objeción de tales proyectos;

4.

Cumplir las funciones que el Ministro le delegue;

5.

Representar al Ministro en las juntas o consejos directivos y en las actividades oficiales que éste le señale;

6.

Estudiar los informes periódicos u ocasionales que las distintas dependencias del Ministerio y las entidades adscritas o vinculadas a éste deben rendir al Ministro o a la Oficina de Planeación del Ministerio, y presentar al primero las observaciones que de tal estudio se desprendan;

7.

Dirigir la elaboración de los informes que sobre el desarrollo de los planes y programas del ramo deben presentarse al Departamento Administrativo de Planeación y la de aquellos que sobre las actividades del Ministerio hayan de ser enviados al Presidente de la República;

8.

Preparar para el Ministro los informes y estudios especiales que éste le encomiende y dirigir la elaboración de la memoria anual que debe presentarse al Congreso;

9.

Dirigir y coordinar la preparación y actualización de normas que regulan las actividades de la seguridad social, el empleo y el trabajo;

10.

Atender, bajo la orientación del Ministro, la coordinación de los asuntos y compromisos internacionales del Ministerio, y

11.

Asistir al Ministro en la dirección y coordinación de las dependencias centrales y regionales del Ministerio. CAPITULO V. DE LA SECRETARIA GENERAL

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2145 de 1992