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Article 22

Ley 31 de 1925 · LEY 31 DE 1925, 28/02/1925, Sobre protección a la propiedad industrial y por la cual se dicta una disposición sobre impuesto sobre la renta

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Serán nulas las patentes concedidas en los casos siguientes:

1.

Si el descubrimiento, invento, mejora o perfeccionamiento sobre el cual recayó la patente, no es nuevo, o si siéndolo, no es solicitado por quien tenga derecho a ello, según lo dispuesto en esta Ley.

2.

Si el objeto para el cual se ha solicitado no corresponde al verdadero; y

3.

Si la descripción que se acompaña a la solicitud no es suficiente para la ejecución de la invención, o no indique de una manera completa y legal los verdaderos medios del inventor.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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