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Article 54

La Factura A Que Se Refiere El Artículo Anterior Deberá Expresar: 1º

Decreto 160 de 1923 · Por medio del cual se reglamenta el servicio de encomiendas postales del Exterior y se resumen las disposiciones legislativas que con ese servicio tienen relación

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La factura a que se refiere el artículo anterior deberá expresar: 1º. El nombre del remitente, el lugar de la procedencia, el de la persona a quien se hace el despacho, el lugar de destino, y la fecha del envío. 2º. La marca, numeración, descripción, contenido y peso bruto de cada encomienda. Cuando las encomiendas fueren de una misma clase, es suficiente el peso total de ellas, en lugar del peso de cada una. Para expresar el contenido, bastará la designación del nombre, cantidad y materia de que se compone cada mercancía. 3º. El precio de cada uno de los artículos o de cada grupo de artículos y el precio total (artículo 1º, Ley 59 de 1917). Al pié de las facturas pondrá el expedidor una nota en que declare, bajo juramento, que los valores dados a los artículos en la factura son los mismos de la venta (artículo 4º, Ley 57 de1909).

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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