JurídicoESEN

Article 2.3.2.2.3.4

Procedencia De La Clasificación Por Autoevaluación

Decreto 1075 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Procedencia de la clasificación por autoevaluación. Para que los establecimientos educativos privados puedan acogerse al régimen de libertad regulada para el cobro de tarifas de matrículas y pensiones, deberán ajustarse a los criterios e instrucciones contenidos en el Manual de Evaluación y Clasificación de Establecimientos Educativos Privados y acompañar el estudio de costos correspondiente.

Para efectos del estudio de costos deberán diligenciarse los formularios para la fijación de tarifas que hacen parte integral del Manual y justificarse debidamente cada uno de sus ítems.

Sólo podrán acceder al régimen de libertad regulada aquellos establecimientos educativos privados que hayan aplicado el régimen de libertad vigilada, al menos por un año académico.

Parágrafo

Los establecimientos educativos privados que se encuentren en el régimen de libertad regulada podrán reingresar al régimen de libertad vigilada para el año académico inmediatamente siguiente, atendiendo las disposiciones del presente Capítulo.

(Decreto 2253 de 1995, artículos 14).

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1075 de 2015