º . En aplicación del artículo 3º de la Ley 79 de 1993, los gobernadores, los alcaldes distritales y municipales así como las autoridades indígenas atenderán los requerimientos de apoyo operativo que les sean hechos para la cabal realización del Censo General 2005. Corresponde a las autoridades de policía vigilar el cumplimiento de las obligaciones ciudadanas relacionadas con el censo, en especial la de inmovilización temporal, y el control de la circulación de personas y vehículos en el área donde se estén realizando las operaciones censales. Los servidores públicos de todos los órdenes prestarán al DANE colaboración especial en el marco de sus competencias, para la pronta y cabal ejecución del Censo General 2005. En los trámites que les corresponda adelantar en relación con el Censo General 2005 podrán otorgarle tratamiento excepcional y prioritario, dentro del marco legal vigente.
Decreto 1100 de 2005 →In force
Article 8
Decreto 1100 de 2005 · Por el cual se ordena la realización de un censo, y se dictan otras disposiciones
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.