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Article 25

Dirección Técnica De Investigación Y Ordenamiento

Decreto 3759 de 2009 · por el cual se aprueba la modificación de la estructura del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural – Incoder, y se dictan otras disposiciones.

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01

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Dirección Técnica de Investigación y Ordenamiento. Son funciones de la Dirección Técnica de Investigación y Ordenamiento, las siguientes

1.

Formular, preparar y desarrollar planes, programas, proyectos y procedimientos tendientes a regular el ejercicio de la actividad pesquera y acuícola, con el fin de asegurar el aprovechamiento sostenible de los recursos pesqueros y acuícolas.

2.

Liderar la ejecución de los planes, programas y proyectos trazados para el cumplimiento de los objetivos del Instituto en materia de regulación de la actividad pesquera y acuícola.

3.

Planificar, coordinar, ejecutar y evaluar las investigaciones y los estudios técnicos requeridos para el ordenamiento de los recursos pesqueros y de la acuicultura, así como divulgar los resultados de sus estudios e investigaciones en el sector acuícola y pesquero, en coordinación con la Gerencia General.

4.

Efectuar recomendaciones de ordenamiento, preparar cartillas y documentos divulgativos, caracterizar el recurso pesquero y recomendar paquetes productivos y tecnologías mejoradas, con fundamento en los resultados de las investigaciones.

5.

Aportar la información al sistema de información de la entidad y mantener la información actualizada y disponible.

6.

Consolidar las estadísticas de recolección, ordenamiento, análisis y difusión, recomendar, en conjunto con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, el establecimiento de las cuotas de pesca y las zonas con vocación acuícola.

7.

Asesorar, hacer seguimiento y controlar a las Direcciones Territoriales en la realización de actividades de repoblamiento, recolección de semillas y extracción de reproductores del medio natural.

8.

Participar en la formulación de políticas, estrategias, plan indicativo, plan de desarrollo administrativo, plan operativo anual, proyecto de presupuesto de inversión y funcionamiento, plan estratégico y los demás programas relacionados con la planeación de la entidad, acorde con el Plan Nacional de Desarrollo y los lineamientos del Consejo Nacional de Política Económica y Social, Conpes, y del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

9.

Participar en la implementación del modelo de gestión de información en la entidad y desarrollar las competencias necesarias para implementar el plan estratégico de información y tecnología.

10.

Las demás asignadas en la ley y las que por su naturaleza le correspondan.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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