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Article 11

Decreto 300 de 1987 · por el cual se reglamentan parcialmente los literales e) y f) del artículo 1º y artículos 7º y 8º del Decreto-ley 126 de 1976.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El artículo 11 del Decreto 1930 de 1979 quedará así: Los objetivos de las Juntas de Acción Comunal son

a)

Estudiar y analizar las necesidades, intereses e inquietudes de la comunidad, comprometiéndola en la búsqueda de soluciones;

b)

Establecer los procedimientos que permitan fomentar el desarrollo del liderazgo en la comunidad;

c)

Lograr que la comunidad esté permanentemente informada sobre el desenvolvimiento de los hechos, programas, políticas y servicios del Estado y de las entidades que incidan en su bienestar y desarrollo;

d)

Capacitar a la comunidad para que participe en el ejercicio de los derechos y deberes ciudadanos;

e)

Fomentar las empresas de economía social e impulsar y ejecutar programas que promuevan el desarrollo integral;

f)

Lograr que las organizaciones comunales se hagan representar por sus líderes en las corporaciones públicas en las cuales se tomen decisiones que repercutan en la vida social y económica de la comunidad;

g)

Procurar obtener de las entidades oficiales la celebración de los contratos previstos en los artículos 375 a 378 del Código de Régimen Municipal;

h)

Buscar la armonía en las relaciones interpersonales dentro de la comunidad para lograr el ambiente necesario que facilite su normal desarrollo;

i)

Establecer planes y programas relacionados con las necesidades, intereses y posibilidades de la comunidad.

j)

Contribuir a la economía de la comunidad, vigilando que los artículos ofrecidos al público no excedan los precios oficiales y que su calidad y peso se ajusten a los parámetros de las reglamentaciones vigentes, denunciando ante las autoridades competentes a aquellos que las infrinjan; y

k)

Velar por la vida, la integridad y bienes de todos los miembros de la comunidad, haciendo conocer a las autoridades administrativas y judiciales las conductas violatorias de la ley o las que hagan presumir la comisión de hechos delictuosos o contravencionales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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