Además del encaje que señalan las leyes vigentes para los depósitos exigibles a la vista, y antes de treinta días a los bancos comerciales deberán mantener un encaje adicional equivalente al 5% de dichos depósitos, en bonos de la Caja de Crédito Agrario, Industrial, y Minero, de un vencimiento no mayor de seis meses, y de un interés anual del 4%. Los bancos darán cumplimiento a esta obligación adquiriendo bonos por una cuantía equivalente al ½ % de los depósitos indicados dentro del mes siguiente a la vigencia de esta Ley, y aumentando este encaje a razón del ½ % cada mes, hasta completar el total previsto en el presente artículo, dentro del término máximo de 10 meses.
Ley 90 de 1948 →Amended
Article 25
Ley 90 de 1948 · Por la cual se fija la unidad monetaria y moneda de cuenta nacional, se confieren facultades extraordinarias al Presidente de la República y se dictan otras diposiciones
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.