°. Las sumas mencionadas en el artículo 3° de esta Resolución, destinadas al pago del personal del Dispensario, serán tomadas del capítulo 76, artículo 579 del Presupuesto Nacional para la actual vigencia.
El sueldo del Médico Director será pagado de la partida asignada en el presupuesto a la Unidad Sanitaria correspondiente.