JurídicoESEN

Article 69

Los Plazos Para El Pago De Las Cuotas Asignadas En Las Tarifas Para Él Depósito De Mercancías, Arrendamientos De Muelles, Locales Particulares, Terrenos Y Otros Similares, Serán Fijados Por Resoluciones De La Junta Directiva De La Zona, Y Se Darán A Conocer En Las Propias Tarifas O Mediante Boletines Especiales

Decreto 2240 de 1962 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca Industrial y Comercial de Barranquilla

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los plazos para el pago de las cuotas asignadas en las tarifas para él depósito de mercancías, arrendamientos de muelles, locales particulares, terrenos y otros similares, serán fijados por resoluciones de la Junta Directiva de la Zona, y se darán a conocer en las propias tarifas o mediante boletines especiales. Tanto las tarifas como los plazos se harán constar en los contratos que se celebren entre los arrendatarios y la Zona. Las mercancías depositadas en los locales arrendados responden por el importe de los arriendos y por los demás gastos que se adeuden a la Zona.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2240 de 1962