Modifíquese el artículo 151 de la Ley 1708 de 2014 , el cual quedará así:
“ Artículo 151 . Publicidad . Durante la fase inicial las pruebas serán reservadas. Durante el juzgamiento no habrá reserva y las pruebas podrán ser de público conocimiento”.
Artículo 151
Ley 1849 de 2017 · por medio de la cual se modifica y adiciona la Ley 1708 de 2014 “Código de Extinción de Dominio” y se dictan otras disposiciones.
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Modifíquese el artículo 151 de la Ley 1708 de 2014 , el cual quedará así:
“ Artículo 151 . Publicidad . Durante la fase inicial las pruebas serán reservadas. Durante el juzgamiento no habrá reserva y las pruebas podrán ser de público conocimiento”.
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.