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Article 6

Ley 147 de 1960 · Por la cual se hacen unas apropiaciones para obras de fomento municipal y otras, se otorgan autorizaciones al Gobierno para abrir créditos adicionales al Presupuesto para la vigencia fiscal de 1961, y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Créase sendos Puestos de Salud con servicios anexos de Maternidad en los Municipios y Corregimiento del país que tengan una población menor de 30.000 habitantes y carezcan de hospitales generales y casas de maternidad. En los barrios obreros de las poblaciones o ciudades con mayor número de habitantes, también funcionarán los establecimientos de asistencia social que se crean por medio de este artículo.

Parágrafo

Cada año, en los Presupuesto de las próximas vigencias y de acuerdo con las posibilidades del Tesoro Nacional, se irán incorporando partidas destinadas a la construcción, dotación y sostenimiento de los servicios creados en este artículo, señalando en cada caso los Municipios y Corregimientos respectivos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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