JurídicoESEN

Article 1

Decreto 267 de 1973 · Por el cual se modifican los Decretos números 1082 de 1971 y 616 de 1972, sobre Zonas Francas, Industriales y Comerciales

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Artículo primero. La carga con destino a la Intendencia de San Andrés y Providencia, amparada por conocimientos de embarque corridos desde el puerto de embarque hasta el puerto final de destino, podrá también ser introducida a la Zona Franca, Industrial y Comercial de Barranquilla con la sola presentación de un certificado expedido por el Agente Marítimo de la Compañía que efectuó el primer transporte, en el cual se exprese que acepta en nombre de su representado que no se paguen previamente los fletes, los cuales serán cubiertos en el puerto final de destino.

Parágrafo

Este certificado se presentará, junto con los conocimientos de embarque, en el momento de la introducción física de las mercancías a la Zona Franca, y no es suficiente para extinguir el derecho de retención que por la ley tiene el transportador.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 267 de 1973