Las contravenciones a cualquiera de las disposiciones de los Decretos 685 de 1934 y 1858 de 1938 y a las del presente, se castigarán como desobediencias a las órdenes del Gobierno, en la forma prescrita en el ordinal 16 del artículo 68 del Código Político y Municipal, por el Departamento de Asistencia Social, mediante resoluciones motivadas, sometidas a la aprobación o improbación del señor Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social.
Article 10
Las Contravenciones A Cualquiera De Las Disposiciones De Los Decretos 685 De 1934 Y 1858 De 1938 Y A Las Del Presente, Se Castigarán Como Desobediencias A Las Órdenes Del Gobierno, En La Forma Prescrita En El Ordinal 16 Del Artículo 68 Del Código Político Y Municipal, Por El Departamento De Asistencia Social, Mediante Resoluciones Motivadas, Sometidas A La Aprobación O Improbación Del Señor Ministro De Trabajo, Higiene Y Previsión Social
Decreto 224 de 1939 · Por el cual se reglamenta el artículo 6º de la Ley 93 de 1938, y se dicta otra disposición
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