Artículo diez y siete. Por necesidades urgentes y justificadas del servicio, los empleados del Ramo de Prisiones podrán ser trasladados en comisión hasta por dos meses. En ningún caso se podrán nombrar ni trasladar miembros del cuerpo de Custodia y Vigilancia Carcelaria, para funciones diferentes a las de su cargo. Los Pagadores que cubran los sueldos violando la presente norma, incurrirán en causal de destitución. Los Auditores de la Contrataría General de la República se abstendrán de autorizar los pagos del personal que se encuentre contraviniendo las disposiciones contenidas en este artículo, y serán responsables del cumplimiento de esta disposición, de acuerdo con las normas fiscales vigentes.
Article 17
Decreto 1985 de 1966 · por el cual se reclasifican la Nomenclatura, clases, grados, escala de sueldos y se determina el personal de planta de la Dirección General de Prisiones, Escuela Penitenciaria, Penitenciarías, Colonias, Cárceles de Distrito Judicial, Cárceles de Juzgado Superior, Cárceles municipalizadas (actuales Cárceles de Circuito), Reclusiones de Mujeres y Establecimientos Especiales, y se dictan otras disposiciones.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.