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Article 3

A Partir De La Misma Fecha, 1º De Marzo, El Sueldo De Las Mecanotaquígrafas Del Comando De Las Fuerzas Aéreas, De La Dirección Administrativa De La Aviación Militar Y De La Sección Técnica, Será De $90 Mensuales, Y Nombrase Para Desempeñarlos, En Propiedad, A La Señorita Anatilde Cepeda A La Señora Julia De Gómez Y Al Señor Víctor Sánchez, Respectivamente Comuníquese Y Publíquese Dado En Bogotá A 16 De Marzo De 1934

Decreto 571 de 1934 · Por el cual se crean unos puestos y se hacen los nombramientos

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º. A partir de la misma fecha, 1º de marzo, el sueldo de las Mecanotaquígrafas del Comando de las Fuerzas Aéreas, de la Dirección Administrativa de la Aviación Militar y de la Sección Técnica, será de $90 mensuales, y nombrase para desempeñarlos, en propiedad, a la señorita Anatilde Cepeda a la señora Julia de Gómez y al señor Víctor Sánchez, respectivamente Comuníquese y publíquese

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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