Artículo doce. Además de los sueldos asignados por el presente Decreto, el personal de Custodia y Vigilancia tiene derecho a un aumento de sueldo equivalente al 15% de la asignación mensual, cuando haya demostrado haber trabajado cinco (5) años ininterrumpidos en la institución, y un 10% más cuando haya cumplido diez (10) años de servicio continuo.
Article 12
Decreto 1985 de 1966 · por el cual se reclasifican la Nomenclatura, clases, grados, escala de sueldos y se determina el personal de planta de la Dirección General de Prisiones, Escuela Penitenciaria, Penitenciarías, Colonias, Cárceles de Distrito Judicial, Cárceles de Juzgado Superior, Cárceles municipalizadas (actuales Cárceles de Circuito), Reclusiones de Mujeres y Establecimientos Especiales, y se dictan otras disposiciones.
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Constitutional history
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