ARTICULO 8 º. Los sueldos básicos mensuales para el personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional serán los siguientes: Comisario $440.000 Subcomisario 380.000 Intendente 330.000 Subintendente 280.000 Patrullero, Carabinero o Investigador 200.000
Article 8
º
Decreto 65 de 1994 · Por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional, personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional y Empleados Públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, se establecen bonificaciones para Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines, Grumetes y Soldados, se modifican las comisiones y se dictan otras disposiciones en materia salarial
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