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Article 10

Decreto 1170 de 1999 · por el cual se reestructura el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario "INPEC"

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01

Text of the article

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Funciones del Consejo Directivo . El Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, además de las establecidas en el artículo 76 de la Ley 489 de1998, tendrá las siguientes funciones

1.

Formular y adoptar los planes y programas que deben desarrollarse, de acuerdo con los lineamientos trazados por el Gobierno Nacional para el sistema carcelario y penitenciario y que deben ser incorporados a los planes Sectoriales, Regionales y a los planes generales de desarrollo.

2.

Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos del Instituto de cada vigencia y los acuerdos mensuales de gastos.

3.

Proponer al Gobierno Nacional las modificaciones de la estructura orgánica que considere pertinentes, y adoptar los estatutos internos del Instituto.

4.

Autorizar comisiones al exterior para los empleados y funcionarios del Instituto.

5.

Adoptar su reglamento interno.

6.

Las demás funciones que le sean fijadas por la ley o por los estatutos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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