JurídicoESEN

Article 7

Decreto 1502 de 1996 · por el cual se dictan normas sobre el destino de mercancías decomisadas o abandonadas a favor de la Nación.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . En la resolución de entrega debe señalarse la obligación, en cabeza de quien recibe el vehículo, de cancelar los gastos ocasionados por bodegaje, desde la fecha de notificación o desde la fecha en que quede en firme el acto administrativo que ordenó la devolución del vehículo, hasta su retiro. Igualmente señalará la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales a través de la cual se debe realizar la entrega material del mismo a favor del solicitante y el plazo que se concede para que se efectúe la salida del vehículo del territorio nacional El solicitante deberá registrar la salida del vehículo del territorio nacional, en la Aduana por la cual ésta se efectúe. El acto administrativo, amparará el vehículo durante el traslado del mismo para su salida del territorio nacional.

Parágrafo

Para efecto de la entrega material del vehículo, se debe cancelar el valor que por concepto de bodegaje adeude el solicitante, de acuerdo con los términos de este decreto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1502 de 1996