Asignación de los Agentes-alumnos. Los Agentes alumnos tendrán derecho a devengar una asignación mensual equivalente al 50% de la asignación básica de un agente en actividad, desde la fecha que sean dados de alta como alumnos hasta la fecha de nombramiento como agentes o de retiro de la Escuela, según el caso, con la obligación de pagar el ocho por ciento (8%) de lo que reciben de asignación básica como aporte a la Caja de Sueldos de Retiro. La cuota de afiliación a la Caja de Sueldos de Retiro se cubrirá a partir de la fecha en que el alumno sea nombrado agente de la Policía Nacional.
Decreto 1584 de 1976 →In force
Article 67
Asignación De Los Agentes-Alumnos
Decreto 1584 de 1976 · Por el cual se reglamenta el Decreto-ley 2340 de 1971, reorgánico de la Carrera de Agentes de la Policía Nacional
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.