Articulo 19. Bosques Artificiales Se considera económicamente explotadas las áreas cubiertas de bosques artificiales de especies maderables u otros de utilización industrial y comercial, la prueba de esta clase de explotación consistirá en una inspección ocular con intervención de peritos en la cual el funcionario que la practique verificara las condiciones generales de explotación. Los peritos dictaminarán acerca de la extensión y especies sembradas, el estado y su edad de la plantación especies sembradas, el estado y edad de la plantación, el uso o destinación probable de la misma la proporción o numero de árboles por unidad de superficie, señalando si aquella proporción es adecuada a la naturaleza del terreno y a su explotación racional y su calidad de bosque artificial.
Article 19
Bosques Artificiales Se Considera Económicamente Explotadas Las Áreas Cubiertas De Bosques Artificiales De Especies Maderables U Otros De Utilización Industrial Y Comercial, La Prueba De Esta Clase De Explotación Consistirá En Una Inspección Ocular Con Intervención De Peritos En La Cual El Funcionario Que La Practique Verificara Las Condiciones Generales De Explotación
Decreto 1577 de 1974 · Por la cual se reglamenta las Leyes 200 de 1936 y 135 de 1931, con las modificaciones introducidas por las Leyes 1ª de 1968 y 4ª de 1973 en lo relativo a la extinción del derecho de dominio privado sobre inmuebles rurales
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.