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Article 8

º

Decreto 326 de 1996 · por el cual se organiza el Régimen de Recaudación de Aportes para el Sistema de Seguridad Social Integral y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . Autoliquidación y declaración de novedades. Los grandes aportantes pagarán las cotizaciones de los diferentes riesgos del Sistema de Seguridad Social Integral por períodos mensuales, presentarán una declaración de las novedades ocurridas durante ese lapso, y la respectiva liquidación de aportes, en los lugares que señalen las entidades administradoras. La declaración de novedades y liquidación de aportes deberán presentarse en medios computacionales de archivo de datos, con las especificaciones técnicas del formulario magnético único previsto en el artículo 20o. de este decreto. Cuando por razón de su ubicación geográfica, de las características particulares de su objeto social o actividad económica, o de la imposibilidad de disponer o acceder a un computador, el aportante no pueda cumplir con la presentación de la declaración de novedades en medios computacionales, podrá hacerlo en formulario físico, diseñado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de este Decreto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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