º Los títulos profesionales en Biología o sus equivalentes obtenidos en el exterior, serán válidos ante la Ley 22 de 1984, para ejercer la profesión de Biología, previa convalidación hecha por el Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES y registrados conforme lo dispone el Decreto 1074 de 1980.
Article 4
º Los Títulos Profesionales En Biología O Sus Equivalentes Obtenidos En El Exterior, Serán Válidos Ante La Ley 22 De 1984, Para Ejercer La Profesión De Biología, Previa Convalidación Hecha Por El Instituto Colombiano Para El Fomento De La Educación Superior, Icfes Y Registrados Conforme Lo Dispone El Decreto 1074 De 1980
Decreto 2531 de 1986 · por el cual se reglamenta la Ley 22 de 1984 sobre el ejercicio de la profesión de la Biología.
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